lunes, 12 de agosto de 2013


1.1.4 ETAPA DE LA REPUBLICA (1819 – Hasta hoy)

A partir de la etapa de la República se comienza a configurar un Estado independiente de la corona española, con un sistema de gobierno, que aunque con rezagos del régimen colonial, se encontraba bajo la dirección de los criollos, los cuales tenían a partir de ese momento la responsabilidad de administrar eficientemente los recursos de la naciente República de Colombia, y asumir las funciones básicas que hasta ese entonces tenía.
La primera disposición gubernamental en materia de hacienda pública se presenta algunos días después de la Batalla de Boyacá, en la cual el Libertador Simón Bolívar ordena que todos los bienes de los españoles conquistadores fueran confiscados y que los mismos harían parte del patrimonio de la Nación. Así, el Libertador hace uso de medio millón de pesos, que al parecer dejaron los españoles en la casa de la moneda de Bogotá, para financiar la campaña libertadora que hasta el momento dirigía en Colombia y Venezuela.
Con el nombramiento de Pedro Gual como “Gobernador Civil de la Provincia de Cartagena”, se desmonta el régimen tributario colonial, es decir, desaparecen, al menor provisionalmente, los estancos de aguardiente y tabaco, las alcabalas y el tributo de los indígenas, los cuales habían sido incrementados ostensiblemente por los españoles como mecanismo para financiar las guerras que España y Francia libraban con Inglaterra. Aunque el impacto político de reducir los impuestos era bastante favorable, existía por parte del Gobierno la preocupación por la escasez de recursos para el financiamiento de los gastos en que se incurría.
En el periodo de Pedro Gual como Ministro de Hacienda se presentaron varios proyectos de ley, entre los cuales, se aprueba en septiembre de 1821 en el “Congreso de Cúcuta” el impuesto de renta como tributación directa que gravaba “la renta agrícola, la de propiedades inmobiliarias y mobiliarias, la renta minera e industrial, la de capitales dados a interés, la renta comercial, los sueldos, y la renta de bienes de manos muertas”. Como se puede observar, se crean en este período algunos tributos que hoy constituyen una fuente importante de recursos para el Estado, tales como: Impuesto predial, impuesto sobre la renta, industria y comercio, etc., es decir, principalmente la tributación directa como forma más eficiente y económica para el recaudo de ingresos por parte del Estado.
Esto garantizaba el fortalecimiento del Tesoro público que debía soportar los cuantiosos gastos de la campaña libertadora. Sin embargo, la implementación de estos tributos no prosperó debido a la inexistencia de adecuados sistemas de información que permitieran controles exhaustivos sobre los ingresos y riqueza de los contribuyentes.
En 1821, mediante la ley del 6 de Octubre, se organiza la Contaduría General, con el fin de reglamentar el funcionamiento de la Oficina de Contaduría de Hacienda con cinco contadores bajo nombramiento oficial. Treinta años más tarde se sustituye la Corte de Cuentas por la Oficina General de Cuentas, en la cual se establece como jede un funcionario denominado Contador Mayor Presidente. En el año de 1873 se elabora el Código Fiscal. De acuerdo con el Código de Comercio de 1887 se exige a todos los comerciantes llevar a menos cuatro libros de contabilidad: Diario, Mayor, Inventarios y Balance, junto con el libro copiador de cartas; en los años siguientes se establecen las normas y procedimientos para el manejo de estos libros.
A comienzos del presente siglo y como resultado del desarrollo de la actividad comercial, financiera e industrial del país, se reglamentó, la revisoría fiscal y se decretaron algunas normas tributarias con el fin de incentivar la inversión privada. Por esa época surgieron empresas como la Compañía Colombiana de Tejidos y la Compañía Colombiana de Cerveza de Medellín; Hilados y Tejidos Obregón de Barranquilla, Cervecerías Bavaria y Germania y Cementos Samper en Bogotá. Paralelo a éste desarrollo surgió la necesidad de capacitación comercial y contable, y se creó la Escuela de Comercio de la Universidad de Antioquia en 1901 y la Escuela Nacional de Comercio de Bogotá en 1905. Años más tarde, estos ejemplos fueron seguidos por otras ciudades del país, que a la postre dieron origen a la organización definitiva de gremios de contadores.
En 1923 se expidió la Ley 17 mediante la cual se amplió la Escuela Nacional de Comercio y sus enseñanzas se orientaron de acuerdo con los modelos europeos. La actividad industrial continuó su desarrollo para fomentar la creación de sociedades anónimas, para lo cual el Gobierno expidió la Ley 58 de 1931, mediante la cual se creó la figura del Revisor Fiscal. En el articulo 46 de esta ley se dio reconocimiento a la profesión de contador juramentado. Con el paso de los años se dictaron algunas leyes adicionales encaminadas a la reglamentación de la profesión contable, por ejemplo, la Ley 73 de 1935, relacionada con el manejo contable de las empresas públicas y privadas y el ejercicio de la profesión, fijó normas reglamentarias para el ejercicio de la profesión en el país.
En 1951 se creó el Instituto Nacional de Contadores Públicos (INCP), conformado por contadores de gran trayectoria. Cuatro años más tarde se organizó la Academia Colombiana de Contadores Públicos Titulados (Adeconti). La ley 145 de 1960 reglamento definitivamente el ejercicio de la profesión y fijó los requisitos necesarios para su práctica. En 1961 se expidió el Decreto 1651, en el que se determinaron normas y procedimientos requeridos para ejercer la profesión, llevar contabilidades, autorizar estados financieros y elaborar declaraciones de renta. Hoy en día los principios y normas de la contabilidad están descritos en el decreto 2649 de 1993, a la espera de una posible adopción de estándares internacionales que derogarían no solo ley sino también

viernes, 24 de mayo de 2013


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